TOD@S A LA CARCEL

Fuente: http://actuable.es/peticiones/criminalizar-protesta-civil-atenta-contra-derechos

Hace casi un año, millones de personas se concentraban pacíficamente en la Puerta del Sol de Madrid y en otras plazas de toda España. Mostraban su descontento y reclamaban mejoras en nuestro sistema político y económico. Jose estuvo allí, comprometido con mejorar la situación de su país y compartiendo propuestas e ilusiones con otros ciudadanos.

Por eso, cuando la semana pasada el Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, anunció en el Congreso que el gobierno pretende reformar el Código Penal para considerar delito “la resistencia pasiva” y la convocatoria o difusión por Internet de manifestaciones violentas con hasta 4 años de cárcel, Jose no se lo podía creer.

¿Qué significa esto? Pues por ejemplo, que las personas que cada día participan en concentraciones pacíficas ante viviendas para evitar desahucios de familias necesitadas serían consideradas criminales y podrían ir a la cárcel. ¿Te parece justo? A Jose no.

Y por eso ha creado una petición en Actuable pidiéndole al Ministro del Interior que recapacite y detenga esta reforma. Firma su petición y pídele al Ministro Fernández-Diaz que no criminalice las movilizaciones ciudadanas >>

Desde el Gobierno dicen que lo que se pretende es castigar los comportamientos violentos. Pero esta excusa no puede justificar semejantes medidas. Ya existen en nuestro Código Penal delitos que permiten perseguir y condenar a las personas que utilizan la violencia. Para Jose, el cambio que propone el gobierno tiene otro objetivo: recortar nuestras libertades y reprimir legítimas protestas ciudadanas ante el recorte de derechos sociales que se está produciendo desde que comenzó la crisis.

La reforma del Código Penal prevé una pena mínima y prisión provisional para quienes convoquen manifestaciones que sean consideradas como “violentas” por Internet.

También se criminaliza la protesta civil calificando la resistencia pasiva como “delito de integración en organización criminal” que podrá ser penado hasta con 4 años y prisión provisional.

Ante esta reforma es importante recordar el Artículo 21 de la Constitución Española:

1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

El Estado español debe garantizar que las personas pueden protestar de forma pacífica, difundir información y criticar a los propios gobiernos respecto a la protección o promoción de los derechos humanos.

Estas reformas atemorizan a la población, y les impulsa a no protestar y aceptar la pérdida de Derechos Fundamentales que se impulsa desde los mercados financieros, con la complicidad de instituciones europeas, españolas e internacionales.

Aprobar leyes que fueron derogadas hace 50 años no significará mayor seguridad para los españoles, ni siquiera para los que no protestan. Significará aumentar la crispación, la protesta y objeción de conciencia ante los abusos que maltratan a las personas más débiles de nuestra sociedad.

Sr. MInistro, no apague el fuego con gasolina. Las Instituciones están para defender a los ciudadanos ante los poderosos, no para ayudar a los poderosos a quebrar la dignidad de las personas. Si no acepta argumentos lógicos y razonables, al menos, lea los siguientes tratados internacionales, que son vulnerados por su reforma, y en cuyo fundamento será denunciado el Reino de España por Violación de los Derechos Humanos.

Artículos 6, 8 de la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos
http://www.un.org/spanish/aboutun/organs/ga/53/ares53144.pdf

Artículo 19 y 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
http://www.un.org/es/documents/udhr/index.shtml

Artículo 6, 8, 12, 19 y 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
http://www.ohchr.org/spanish/law/ccpr.htm

Artículo 10 y 11 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos
http://www.echr.coe.int/NR/rdonlyres/1101E77A-C8E1-493F-809D-800CBD20E595/0/SpanishEspagnol.pdf

Artículos 1, 5 de la Declaración de la ONU sobre los Defensores de los Derechos Humanos
http://www.un.org/spanish/aboutun/organs/ga/53/ares53144.pdf

No se puede apagar el fuego con gasolina. Firma y comparte la petición de Jose para pedirle al Ministro del Interior que no convierta las protestas pacíficas en delitos >>

 

Muchas gracias.

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