NO DEJAN QUE LA POLICIA SE INDIGNE

El Ayuntamiento de Madrid ha notificado al policía municipal que participó en una asamblea del 15-M en julio pasado cuál es el resultado del expediente que le abrió: la falta grave de la que estaba acusado se materializa en cinco días sin empleo ni sueldo. El director de Seguridad, a propuesta del inspector jefe de la Policía Municipal, le acusó de “abuso de atribuciones”, una falta grave que puede conllevar una pena de entre tres días y tres meses de suspensión de empleo y sueldo. El agente se identificó como policía municipal y aseguró que tanto él como muchos de sus compañeros también estaban indignados y apoyaban el 15-M. El Consistorio le abrió expediente poco después de aquella asamblea celebrada en la Puerta del Sol en la que expresó su solidaridad con el Movimiento 15-M.

“Sé que muchos de mis compañeros de curro apoyáis este movimiento”, afirmó al iniciar su intervención. “Este es un mensaje personal. Hablo en mi nombre y solo en mi nombre. Me llamo Javier Roca Sierra. Soy policía, de Madrid”. Roca estaba en la asamblea en su tiempo libre e iba vestido de paisano. Desde el sindicato Comisiones Obreras (CC OO) aseguran que la conducta de Roca “en ningún caso puede considerarse abuso de atribuciones” y apelan a la libertad de expresión del agente. “Esta infracción está pensada para otro tipo de actuaciones. Otra cosa sería si estuviese vestido de policía”, aseguró un portavoz del sindicato cuando se conoció la apertura del expediente. “Iremos a contencioso administrativo y llevaremos esto hasta el final”, ha afirmado hoy José Luis Berrón, de CCOO.

Una portavoz de la Concejalía de Seguridad aseguró en septiembre pasado que no se había hecho más que aplicarle el reglamento. A falta de uno propio para la Policía Municipal madrileña, lo que se aplica es una ley estatal, en concreto, una ley orgánica de 2010 que establece el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Según la portavoz, esa normativa “prohíbe expresamente acreditar la condición de policía para manifestar opiniones”.

El reglamento recoge en el artículo 8 el “abuso de atribuciones” como una falta grave, pero no define en qué consiste. Esta misma infracción puede ser también falta muy grave -que puede suponer la expulsión- cuando “cause grave daño a los ciudadanos, a los subordinados, a la Administración o a las entidades con personalidad jurídica”. Los expedientes disciplinarios que abrió el Ministerio de Interior a finales de agosto a tres agentes de las Unidades de Intervención Policial -conocidas como antidisturbios- por agredir presuntamente a varias personas en las inmediaciones de Sol el 18 de agosto también se hicieron basándose en la acusación de “abuso de atribuciones”. La Dirección General de la policía ha archivado el expediente disciplinario de dos de los tres antidisturbios a los que investigaba por faltas graves durante las cargas policiales en agosto posteriores a la marcha contra los gastos públicos que ocasionó la visita del Papa en Madrid.

Comments are closed, but trackbacks and pingbacks are open.